El Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España convoca elecciones

El Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España convoca elecciones

El Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España convoca elecciones

Así se aprobó en el Pleno del Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España celebrado el 20 de octubre de 2023.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España, de conformidad con los artículos 69 a 75 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Químicos y de su Consejo General (Real Decreto 3428/2000, 15 de diciembre), convoca elecciones de los siguientes cargos: Decano‐presidente, Vicedecano 1º, Vicedecano 2º, Secretario general y Tesorero. Todas las personas que hasta ahora han ostentado estos cargos pueden volver a ser elegidos.

La aprobación de estas elecciones se produjo en el Pleno del Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España, celebrado el 20 de octubre de 2023, donde también fue aprobado el calendario electoral de este proceso que concluirá el 26 de enero de 2024 con la toma de posesión de los nuevos cargos. Asimismo, durante el Pleno se actualizaron las actuaciones realizadas para alcanzar la regulación de la profesión y se acordaron los Premios a la Igualdad y a la Excelencia Química 2023 que se darán a conocer próximamente.

CALENDARIO ELECTORAL

Octubre 2023

• Día 20. Aprobación por el Pleno del Consejo General de la Convocatoria de Elecciones, del Calendario Electoral y de la Mesa Electoral.

De acuerdo con el artículo 73, el Consejo General, efectuará la convocatoria de elecciones con sesenta días de antelación, al menos. El período electoral deberá estar concluido antes de que se produzcan las vacantes por expiración del mandato.

De acuerdo con el artículo 75, el mandato de los elegidos será de cuatro años, computados a partir de la fecha de su toma de posesión, pudiendo ser reelegidos. De acuerdo al artículo 74, la Mesa Electoral estará constituida con la presidencia del Decano de más edad, auxiliado por el Decano que le siga en edad, y por el más joven, que actuará de secretario.

Toda la documentación que envíe el Consejo General será mediante correo electrónico.

• Día 23. Comunicación a los Colegios territoriales del acuerdo de Convocatoria de Elecciones y del Calendario Electoral.

El acuerdo se comunicará a los Colegios por escrito (artículo 73).

Noviembre 2023

• Día 30. Finaliza el plazo para presentar candidaturas.

A las 19:00 horas se cerrará el plazo para la presentación de candidaturas y el Secretario General. del Consejo General levantará acta de las recibidas.

De acuerdo con el artículo 73, las candidaturas respectivas deberán obrar en el Consejo con treinta días hábiles de antelación a la fecha en que hayan de celebrarse las elecciones.

Diciembre 2023

• Día 5. Proclamación definitiva de las candidaturas y Comunicación a los Colegios.

En la proclamación definitiva de las candidaturas intervendrán un miembro de la Mesa Electoral y la Secretaría del Consejo General.

De acuerdo con el artículo 73, en los cinco días siguientes a la recepción de las candidaturas, el Consejo General comunicará a los Colegios los candidatos que por reunir los requisitos oportunos han sido proclamados.

Serán proclamados candidatos todos los que, reuniendo las circunstancias aludidas en el artículo 72 y no incurriendo en ninguna de las incompatibilidades de la Ley de Colegios Profesionales, expresen por escrito ante el órgano que haya de elegirlos su expreso deseo de presentarse para la elección.

En las papeletas de votación figurarán, clasificadas por cargos y, a su vez, por orden alfabético de apellidos, los nombres de los candidatos proclamados, precedidos de un recuadro en blanco, para que el Decano votante señale los candidatos a los que otorga su voto.

Cada candidato podrá designar de entre los colegiados un interventor, mediante escrito dirigido al Presidente de la Mesa Electoral. El Interventor designado exhibirá ante la mesa electoral la credencial justificativa de su condición antes del proceso de votación.

Enero 2024

• Día 12. Constitución de la Mesa Electoral y Votaciones.

A las 17:00 horas se constituirá la mesa electoral y se iniciará el proceso de votación.

De acuerdo con el artículo 74, la mesa electoral estará constituida, en el día y hora que se fije en la convocatoria, bajo la presidencia del Decano de más edad entre los asistentes, auxiliado por el Decano que le siga en edad, y por el más joven, que actuará de secretario.

Finalizada la votación, se procederá seguidamente al escrutinio de los votos obtenidos por cada candidato.

Concluido éste, el Decano‐Presidente proclamará al que resultare electo. Para que la proclamación de los cargos sea válida, se requerirá que éstos obtengan la mayoría absoluta. Del desarrollo de la votación y del resultado del escrutinio se levantará acta seguidamente, debiendo figurar en la misma la relación nominal de los votos emitidos.

De acuerdo con el artículo 22.2, la votación será libre, pública y secreta.

Los votos de los Decanos podrán enviarse por correo certificado ordinario dirigidos al Presidente de la Mesa Electoral y a la dirección postal del Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España (Madrid).

• Día 26. Reunión Pleno Extraordinario para la toma de posesión.

De acuerdo con el artículo 75, en el plazo máximo de un mes después de celebradas las elecciones y de realizada la proclamación de miembros del Consejo, éstos tomarán posesión de sus cargos, a cuyo efecto se constituirá el Consejo General en sesión extraordinaria.

Nota: Para este proceso electoral, lo no previsto en los Estatutos, en esta Convocatoria y en los acuerdos de la Mesa Electoral, será de aplicación la Ley de Colegios Profesionales y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.