LOS COLEGIOS PROFESIONALES ESTÁN LEGITIMADOS PARA RECURRIR ANTE LA JUSTICIA EN ASUNTOS QUE SE REFIEREN A LAS TITULACIONES QUE REPRESENTAN

LOS COLEGIOS PROFESIONALES ESTÁN LEGITIMADOS PARA RECURRIR ANTE LA JUSTICIA EN ASUNTOS QUE SE REFIEREN A LAS TITULACIONES QUE REPRESENTAN

El Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España, junto con el Colegio Oficial de Geólogos, el Colegio Oficial de Físicos y el Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos, presentó un recurso contencioso-administrativo (nº 17/2015) por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado. El Tribunal Supremo rechazó el recurso con imposición de costas, aunque, por otra parte, reconoce la legitimación de los colegios profesiones para recurrir en asuntos de esta índole, circunstancia que era negada por la Abogacía del Estado.

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